lunes, 27 de julio de 2009

EMERGENCIA AGROPECUARIA: DANTE GONZÁLEZ

El diputado nacional Juan Dante González fue otro de los legisladores que ingresaron a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el pedido efectuado por el Concejo Deliberante respecto de la declaración de emergencia y desastre en la localidad.
NOTICIAS IPI transcribe el texto legislativo.

H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente 0364-D-2009
Trámite Parlamentario 003 (04/03/2009)
Sumario SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCLUIR AL DEPARTAMENTO DE RIVADAVIA, PROVINCIA DE MENDOZA, EN EL DECRETO 33/09, DE EMERGENCIA AGROPECUARIA.
Firmantes GONZALEZ, JUAN DANTE.
Giro a Comisiones AGRICULTURA Y GANADERIA.

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Solicitar al Poder Ejecutivo tenga a bien incluir al Departamento de Rivadavia, Provincia de Mendoza, en el Decreto 33/2009 de Emergencia Agropecuaria con el fin de ayudar a los productores afectados.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Nos hacemos eco de dos declaraciones emanadas por el Concejo Deliberante de Rivadavia, Provincia de Mendoza (043/08 y 049/08). Los días 25 de noviembre y 12 de diciembre del año próximo pasado se desataron sendos temporales de lluvia y granizo en el Departamento de Rivadavia de la Provincia de Mendoza que afectaron - en mayor o menor grado - a casi todos los Distritos de la zona más productiva del Departamento, donde se asientan gran cantidad de pequeños y medianos viticultores y fruticultores.

Los daños sufridos no sólo han alcanzado al sector productivo en lo que respecta a los cultivos, sino también a las viviendas que casi en su totalidad se han visto deterioradas o destruidas, principalmente sus techos, perdiendo gran parte de su protección.

De acuerdo con las evaluaciones realizadas por la Municipalidad de Rivadavia, en las distintas superficies cultivadas, a saber, los distritos de La Central, El Mirador, Los Campamentos, La Reducción y La Libertad, se encuentran en situación de EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO. Se calcula que la zona afectada alcanzaría las tres mil hectáreas, con pérdidas que oscilan entre el cincuenta y el cien por ciento de la producción, y otras mil hectáreas con el veinte por ciento, a esto debe sumarse las pérdidas que se producirán en las vendimias futuras, traducido esto a valores económicos podríamos afirmar que el Departamento de Rivadavia tendrá pérdidas en el orden de los treinta millones de pesos, en lo que respecta a producción vitícola.

Este siniestro incide en forma directa en la producción primaria, porque genera perjuicios sustantivos a los trabajadores rurales que viven de tal actividad, repercutiendo negativamente en patrones de empleo local e indirectamente sobre todo el Departamento, dada su naturaleza esencialmente agrícola.

Esta excepcional situación requiere de la intervención del Estado Nacional a través de una mirada integral de la problemática, con el fin de efectivizar distintas acciones que permitan paliar los serios efectos socioeconómicos de este siniestro climático. Ante esta circunstancia, solicito se incluya a este Departamento en los beneficios del Decreto 33/2009 de Emergencia Agropecuaria, a fin de que los productores afectados puedan beneficiarse con los alcances de dicho instrumento legal, y pido a mis pares acompañen con su voto favorable el presente proyecto.

EMERGENCIA AGROPECUARIA: LAURA MONTERO


La diputada nacional Laura Gisela Montero se hizo eco de la declaración del Concejo Deliberante rivadaviense respecto de la situación de emergencia y desastre en la zona.
NOTICIAS IPI transcribe la letra ingresada por la legisladora en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación

H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente 0120-D-2009
Trámite Parlamentario 001 (02/03/2009)
Sumario DECLARAR LA EMERGENCIA AGROPECUARIA PARA LOS PRODUCTORES AGRICOLAS DEL DEPARTAMENTO DE RIVADAVIA, PROVINCIA DE MENDOZA POR EL PLAZO DE 12 MESES.
Firmantes MONTERO, LAURA GISELA.
Giro a Comisiones AGRICULTURA Y GANADERIA; PRESUPUESTO Y HACIENDA.

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1ro- Declárese la emergencia agropecuaria durante el plazo de doce (12) meses para los productores del Departamento de RIVADAVIA en la provincia de Mendoza, zona gravemente afectada por tormentas de granizo.

Artículo 2do- El Jefe de Gabinete de Ministros reasignará y modificará funciones en el Presupuesto Nacional 2009, a los efectos de fijar una partida de asistencia por un monto de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) , destinado a los damnificados del Departamento de Rivadavia, Provincia de Mendoza.-

Articulo 3ro- El Poder Ejecutivo Nacional promoverá:

a) El otorgamiento de créditos a tasas subsidiadas a través de la banca oficial.-

b) El diferimiento por ciento ochenta (180) días de las obligaciones previsionales y tributarias vencidas a través de los organismos competentes y en los términos de los artículos 1º y 2º de la presente ley.-

c) La recuperación del capital de trabajo de los damnificados.-

Artículo 4to- El gobierno de la provincia de Mendoza, conforme a lo preceptuado por la ley 22.913 determinará los daños producidos e identificará a los damnificados beneficiarios de la presente ley.

Artículo 5to-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

El Departamento de Rivadavia ha sufrido durante el mes de diciembre de 2008, gravísimos incidentes climáticos de lluvia y granizo que han causado fuertes daños no solo miles de hectáreas de superficie cultivada sino también en gran cantidad de viviendas cuyos techos han sido dañados, perdiendo así todo tipo de protección.

Que los daños que se han producido en miles de hectáreas cultivadas, tendrá consecuencias en la producción agrícola futura.

Según los fundamentos de la ley 22913, de emergencia agropecuaria, se precisa que dicha emergencia trata de hechos imprevisibles, que por su magnitud o carácter excepcional, dificulten gravemente la evolución de la producción y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y crediticias a cargo de las personas o empresas afectadas.

Por lo expuesto, y atento a la delicada situación que sufre el Departamento, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.

jueves, 23 de julio de 2009

REPUDIO AL GOLPE EN HONDURAS

GACETILLA DE PRENSA ENVIADA DESDE EL CONCEJO DELIBERANTE

DECLARACIÓN Nº011-09

VISTO:
El golpe de estado presentado en la republica hermana de Hondura por algunos grupos del poder económico y las Fuerzas Armadas y,

CONSIDERANDO:
Que la situación de dicho país nos remite a épocas que creíamos superadas en Latino América y nos obliga desde el punto de vista ético, moral ciudadano y político rechazar todo tipo de acciones que nieguen la democracia, la perdida de la institucionalidad y la represión de todo un pueblo.
Que en consonancia con lo resuelto por la OEA, todos los jefes de estado de toda América desde Estados Unidos hasta el extremo sur de nuestro continente, que no solo han repudiado dicho golpe militar sino que están retirando todos sus embajadores, al igual que toda la región Europea, y la resolución aprobada por unanimidad en Naciones Unidas, es necesario expedirse enérgicamente ante esta situación y reconocer como único presidente al actual mandatario Manuel Zelaya, único presidente legítimo, elegido por el voto popular de su pueblo.
Que dejar pasar y que se consolide este golpe sienta un precedente sumamente peligroso para cualquier otro país, por lo cual no puede ser tolerado sino que obliga a tomar todas las acciones necesarias para que se revierta dicha situación. Coincidiendo y apoyando todas las resoluciones de Jefes de Estados, Organismos Internacionales que no reconocerán ningún otro gobierno que no sea el legítimamente elegido por el pueblo en elecciones democráticas.
Que el clamor debe ser generalizado y con una sola voz debemos decir como siempre “Nunca Más” instaurarse dictaduras en ningún país. Es conveniente que todos los cuerpos legislativos, entre ellos los Concejos Deliberantes en representación de sus pueblos, repudian estos hechos y reivindiquen todas las acciones de OEA, Naciones Unidas y respalden el regreso del Presidente legítimamente elegido.
Que los argumentos esgrimidos por las fuerzas armadas y algunos sectores del Congreso de Honduras han sido totalmente rebatidos por todas las instituciones internacionales y no hay justificación alguna para que hayan sacado del país al presidente legítimo y a su canciller haciendo uso de la más brutal represión. El pueblo de Honduras merece y debe recibir nuestra fraternal solidaridad y la defensa de los sistemas democráticos, nuestro más profundo apoyo.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, expresa su más enérgico y rotundo repudio al golpe de estado perpetrado contra el gobierno constitucional del Presidente de Honduras, Manuel Zelaya.

Artículo 2º: Respaldar todas las acciones y declaraciones de OEA, ONU y presidentes sobre todo de América Latina y Comunidad Europea; con el objeto que ponga en práctica la Carta Democrática exigiendo la inmediata restitución al cargo para el cual a sido democráticamente elegido el presidente Zelaya y la plena vigencia de los derechos humanos.

Artículo 3º: Remítase copia de la presente a los Concejos Deliberantes, Cámara de Senadores y Diputados de Mendoza.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de julio de 2009.

viernes, 17 de julio de 2009