lunes, 3 de agosto de 2009

EMERGENCIA AGROPECUARIA: PATRICIA FADEL


La legisladora nacional Patricia Fadel es una autoridad en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Por un lado debido a que en su bloque -Partido Justicialista- tiene la tarea compleja de coordinar los deseos e iniciativas emprendidas desde la Casa de Gobierno para el kirchnerismo. Por otra parte, la de conversar con aliados y opositores para cumplir las metas. Aquí una conversación acerca de los debates del campo que ha retomado la comisión de Agricultura y Ganadería en el Congreso de la Nación ...pasos previos para ir al recinto de la Cámara.



(Duración aproximada: cuatro minutos dieciséis segundos)

EMERGENCIA AGROPECUARIA: OMAR DE MARCHI


La comisión de Agricultura y Ganadería de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación ha retomado su tarea luego de las recientes elecciones. El campo sigue siendo la demanda mayor. Conversaciones con el diputado nacional demócrata mendocino, Omar De Marchi, acerca de sus impresiones en torno a la temática.



(Duración aproximada: siete minutos cincuenta y cuatro segundos)

viernes, 31 de julio de 2009

D´ELIA EN RIVADAVIA: ELECCIONES LEGISLATIVAS

La entidad nacional que conduce Luis D´Elía ha tenido presencia en las recientes elecciones legislativas en la ciudad de Rivadavia, provincia de Mendoza. El titular de la Federación de Tierras y Viviendas del Estado cuyano nos cuenta la experiencia y aspectos de la actividad en el suelo cordillerano.




(Duración aproximada: nueve minutos cuarenta y cinco segundos)

lunes, 27 de julio de 2009

EMERGENCIA AGROPECUARIA: AGENDA PARLAMENTARIA

NOTICIAS IPI transcribe la Agenda de las Comisiones de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, donde en el temario correspondiente a la Comisión de Agricultura y Ganadería se da cuenta del tratamiento de zona de desastre y emergencia relacionada con Rivadavia, Mendoza, entre otras provincias.

REUNIONES DEL DIA Martes, 28 de Julio de 2009. 17 Hs. Sala 1.

COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERÍA:

Temas Varios: Declarar zona de desastre y emergencia, las explotaciones agropecuarias ubicadas en diversos distritos de la provincia de Santa Fe; Declarar zona de desastre agropecuario y forestal por incendio, por el plazo de 180 días prorrogables, a la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; Declarar zonas de desastre y emergencia agropecuaria en diversos distritos de la Provincia de Buenos Aires por efecto de la sequía; Productores Agrícolas del Departamento de Rivadavia, Provincia de Mendoza. Declárase la emergencia agropecuaria por el plazo de 12 meses; Emergencia agropecuaria por 180 días. Se la declara a varios departamentos de la Provincia de Catamarca; Emergencia agropecuaria se la declara en varios departamentos de la Provincia de Salta por el término de un año; Mensaje Nº 1777 del 5 de noviembre de 2008 comunicando el Decreto 1776/08, por el cual se declara zona de desastre agropecuario según lo normado en la Ley 24959 del 1º de enero al 31 de diciembre de 2008, a diversas localidades de la Provincia de Buenos Aires; Mensaje Nº:0741 del 17 de junio de 2009 comunicando el Decreto 740/09, por el cual se declara zona de desastre agropecuario a diversas localidades de la Provincia de Buenos Aires; Proyecto de ley en revisión, por el cual se declara zona de desastre por sequía durante el plazo de 1 año, prorrogable a 3 años, a la zona de secano integrada por diversos departamentos de la Provincia de Río Negro; Emergencia Agropecuaria. Régimen. Derogación de la Ley 22.913; Proyectos sobre Sistema Agroalimentario Lácteo; y Proyectos de Resolución y Declaración.

EMERGENCIA AGROPECUARIA: SILVIA LEMOS

La diputada nacional Silvia Beatriz Lemos se ha hecho eco de la solicitud del Concejo Deliberante local respecto de la situación de emergencia y desastre en distritos rivadavienses.
NOTICIAS IPI transcribe el texto del proyecto ingresado por la legisladora en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.


H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE DECLARACIÓN

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente 0414-D-2009
Trámite Parlamentario 003 (04/03/2009)
Sumario SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DECLARAR ZONA DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE AGROPECUARIO AL DEPARTAMENTO RIVADAVIA, PROVINCIA DE MENDOZA POR LOS TEMPORALES DE LLUVIA Y GRANIZO.
Firmantes LEMOS, SILVIA BEATRIZ.
Giro a Comisiones AGRICULTURA Y GANADERIA.

La Cámara de Diputados de la Nación

DECLARA:

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria, declare, una vez corroborados los daños producidos, Zona de Emergencia y/o Desastre Agropecuario al Departamento de Rivadavia, Provincia de Mendoza, por causa de los graves daños económicos y sociales como consecuencia de los temporales de lluvia y granizo que azotaron dicha región, en el marco de la ley 22.913.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

El presente Proyecto de Declaración tiene fundamento en la gravísima situación en que se encuentra el Departamento de Rivadavia, en la Provincia de Mendoza, debido a las consecuencias producidas por el temporal de granizo y lluvia acaecidos en los últimos meses del año 2008.

Dicho fenómeno climático afectó, en mayor o menor medida, a casi todos los distritos de la zona más productiva de Rivadavia, donde se asientan gran cantidad de pequeños y medianos viticultores y fruticultores. Las zonas más afectadas fueron los Distritos de La Central, El Mirador, Los Campamentos: y en menor medida La Reducción, Los Árboles y Medrano.

Las zonas afectadas alcanzarían a tres mil hectáreas, con pérdidas entre el cincuenta y cien por cien de la producción y otras mil hectáreas en menor medida, sumado a ello las pérdidas que seguramente se producirán en las vendimias futuras, lo que en conjunto producirá, sin lugar a dudas, cuantiosas pérdidas para la región y en particular en lo que respecta a la producción vitícola.

Cabe aclarar que los daños sufridos no sólo alcanzaron al sector productivo, sino también a las viviendas, las que casi en su totalidad se han visto deterioradas o destruidos sus techos, perdiendo todo tipo de protección.

Teniendo en consideración que estos fenómenos climáticos inciden en forma directa en la producción primaria, ya que generan perjuicios sustantivos a los trabajadores rurales que viven de esta actividad, repercutiendo negativamente en patrones de empleo local e indirectamente el Departamento dada su naturaleza esencialmente agrícola.

A los fines de la aplicación de la normativa vigente se deja constancia que a través de la Declaración N°043-08 el Concejo Deliberante de Rivadavia, Provincia de Mendoza, declaró al Departamento como Zona de Emergencia y/o Desastre Agropecuario y que por la Declaración 049, emanada del mismo Concejo, se declara, al territorio comprendido por los Distritos El Mirador y La Central del mismo Departamento, como zona de Desastre Agropecuario Agravado.

Con el convencimiento de que esta excepcional situación que atraviesa el Departamento de Rivadavia requiere de la intervención del estado a fin de paliar los graves daños producidos por el siniestro climático, así como sus posteriores efectos socioeconómicos, es que instamos al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria y de los mecanismos legales vigentes, se declare a dicha región como zona de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, a fin de que se adopten las medidas de carácter impositivo, crediticio y de obras públicas que la ley de Emergencia Agropecuaria prevé.

Por todo lo expuesto, Señor Presidente, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto.