(Declaraciones de Ricardo Mansur -UCR Mendoza- a sesionaronline en el Salón de Pasos Perdidos)
Sección: NOTICIAS IPI en el recinto
GACETILLA DE PRENSA ENVIADA DESDE BLOQUE RADICAL: Intervención del diputado nacional rivadaviense
Ricardo Mansur (UCR – Mendoza):
Este bloque apoya el dictamen de mayoría con las inclusiones del proyecto que tiene media sanción del Senado. Y lo hace convencido porque también participó de la elaboración y ningún legislador de este cuerpo puede decir que fue sorprendido o desconoce lo que figura en este acuerdo, porque se iba a discutir hoy la ley de protección de glaciares, y este acuerdo incluye lo del proyecto de mayoría, con todo lo bueno que vino en el proyecto del Senado.
Nosotros somos coherentes con lo que se votó a fines de 2008, y que originó la ley 26.418, que lamentablemente fue vetado por la Presidenta.
Y hay dos artículos sustanciales que marcan la diferencia entre lo que propone el Senado y lo que propone este acuerdo, que es la inclusión de la protección del ambiente periglaciar. El proyecto que venía del Senado protege dentro del ambiente glaciar solamente los glaciares cubiertos o descubiertos, y dentro del ambiente periglacial solamente los glaciares rocosos.
En este acuerdo logrado en este proyecto único se protege también completamente el ambiente periglaciar. Y esto es fundamental, porque el ambiente periglaciar es el que provee agua a las cuencas hídricas y es el mejor protector que tienen los glaciares.
Como los glaciares hoy por el cambio climática están teniendo una retracción del 1 % anual, y esto significa que en cien años lamentablemente todas las provincias del centro y norte del país no vamos a tener glaciares, es fundamental conservar la superficie del ambiente periglaciar para evitar aumentar la retracción de los glaciares.
Así que no es menor la diferencia que hay entre los dos proyectos. Y también Daniel Filmus acepta colocar en el artículo 15 las disposiciones transitorias, que señala que las auditorías a las actividades que hoy están en funcionamiento deben realizarse a los 180 días de la promulgación de la ley. En cambio en el proyecto del Senado decía que se iba a realizar a los 180 días desde que finalizara el inventario. Quiere decir que si el inventario tardara 4, 5 o 6 años no podríamos tener nunca una auditoría tan necesaria para aquellas actividades que hoy seguramente están contaminando y avanzando sobre los glaciares y el ambiente periglaciar.
También si bien en este proyecto no figura, es importante destacar el ambiente glaciar. El artículo 6 dice que quedan prohibidas todas las actividades que afecten la condición natural de los glaciares. Y el ambiente glaciar también es importante porque la condición natural, por ejemplo, si alguna actividad minera está cerca de un glaciar produce no solamente explosiones y ruidos, sino polvo. Y transforma a un glaciar limpio en un glaciar sucio. Y el glaciar sucio aumenta la velocidad de retracción, porque penetra los rayos solares e inmediatamente comienza a descongelarse.
También el ambiente glaciar lo protegen algunos cerros escarpados, que si bien no tienen nieve o glaciar, hacen al ambiente. Son ejemplos el cerro Fitz Roy, el Torres, el Electrico, el Saint Exupery, etc. Esos cerros protegen, y si nosotros no los incluíamos dentro de esa condición natural, también iban a avanzar autorizaciones sobre ese ambiente glaciar.
Son importantes estas modificaciones. Esta ley es fundamental para nuestra vida, y es competencia de la Nación marcar los presupuestos mínimos. Lo dice bien el artículo 41 de la Constitución. Yo soy de la provincia de Mendoza, y podría decir que la protección del agua es responsabilidad de la provincia. Pero no es así, porque el agua de los glaciares y los ambientes periglaciares trascienden nuestros límites. Por ejemplo el agua de Mendoza y San Juan llega a las sierras de Córdoba, a Santiago del Estero, a La Pampa, y hasta Bahía Blanca. Es entonces un problema del país, este es un recurso de todos los argentinos. Por eso en la ley se incluyen las evaluaciones ambientales estratégicas, porque Mendoza si autoriza alguna actividad en el Río Grande, que con el Barranca conforma el Río Colorado, este pasa por Neuquén, Río Negro, La Pampa y desemboca en Buenos Aires. El río San Juan desemboca en el Río Desaguadero de Mendoza. Entonces es un problema de todos.
Si en 100 años se terminan nuestros glaciares los amigos de Jujuy y Salta tienen que conocer que ya en Bolivia no hay agua de los glaciares, y se está programando trasladar un tercio de su población porque no hay agua en La Paz.
Solamente el 15 % de la Cordillera tiene ambiente periglacial. Y en la zona centro de nuestro país solamente el 1 % de la superficie de nuestra montaña tiene ambiente periglaciar. Quiere decir que todavía resta el 84 % para poder trabajar en alguna actividad compatible con el desarrollo del hombre.
Es muy claro lo que estamos protegiendo, es un 15 % de la superficie. Nosotros al votar esta ley estamos satisfechos de proteger un recurso vital. Se dijo acá que San Juan no iba a poder construir unos caminos o una ruta, se dijo también que no se podrían hacer diques. Pero eso estará autorizado. Solamente no se puede construir infraestructura en los glaciares. Si en el ambiente periglaciar.
Esta ley no toma ni restringe, solamente en aquellas zonas periglaciares que son las que prevén los recursos para nuestras cuencas hídricas.
No debemos mezclar. Esta es una ley que trasciende las generaciones. Yo no quiero ni pensar lo que van a vivir cuando se terminen los glaciares en nuestra montaña y tengamos que tomar medidas, porque no va a existir la agricultura, ni energía eléctrica. Hay un cambio climático que está generando perjuicios muy importantes a nuestro país y que hace que esta ley, que es el régimen de presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y periglaciares sea fundamental. El mundo no tiene agua, es un bien escaso. Más de 1.100 millones de personas no acceden al agua dulce. Mueren 6.000 niños por año por no tener acceso al agua.
No nos preocupemos en buscar más oro. El oro lo tenemos, y es el agua. Protejámosla.
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